El Gobierno avisa: puede retirar el Ingreso Mínimo Vital si incumples este requisito
Esta prestación se erige como un pilar fundamental en la vida de muchos ciudadanos
¿Por qué no me tramita la Seguridad Social el Ingreso Mínimo Vital? Esta sería la razón / El Confidencial
Adrià Regàs
03 FEB 2025 11:54
El Ingreso Mínimo Vital (IMV), tras su implementación en 2020, se ha afianzado como una prestación fundamental para muchos españoles. La Moncloa publicó recientemente unos datos que indican que, actualmente, hay más de 2 millones de beneficiarios en España que conviven en 674.000 hogares.
La cuantía de esta pensión está supeditada a la situación de cada uno y al número de personas que conforman la unidad de convivencia. Si solo hay una persona en una vivienda, recibe 658,59 euros al mes. En caso de haber un adulto y un menor, el importe asciende a 733,85 euros mensuales. La cuantía máxima es de 1.449,39 euros para las familias formadas por cinco o más personas.
Sin embargo, existen una serie de requisitos básicos para no ver interrumpida la percepción del Ingreso Mínimo Vital. Y uno de los más importantes es hacer la Declaración de la Renta. Así lo confirmó el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en un vídeo, en el que afirma que este trámite es «imprescindible» para renovar el IMV. Además, recalcan que deben presentarla todos los integrantes de la vivienda, incluido los menores de edad.
Asimismo, la percepción del Ingreso Mínimo Vital requiere el cumplimiento de otras condiciones. Tener residencia legal en España durante el año inmediatamente anterior, encontrarse en situación de vulnerabilidad económica o que la unidad de convivencia tenga un mínimo de seis meses desde su creación son los requisitos.
Además, esta situación de vulnerabilidad varía en función de los integrantes de la unidad de convivencia. Por ejemplo, si la vivienda está formada por un único adulto, este no deberá poseer un patrimonio neto superior a 20.353,62 euros si quiere recibir la prestación. Si hay un adulto o dos menores, el límite asciende hasta los 36.636,52 euros.